sábado, 29 de septiembre de 2018

Licencias Médicas: Tipos y Requisitos

El COMPIN y Licencias Médicas


Todo trabajador afiliado a FONASA o ISAPRE puede ausentarse o disminuir en cierta medida la jornada laboral durante un tiempo determinado bajo la indicación de un profesional de la salud y así obtener un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) cuando corresponda.Todo esto se verá materializado en un formulario especial.
Este formulario está compuesto por diversas secciones las cuales deben ser llenadas por el profesional, empleador, trabajador y la COMPIN cuando sea necesario. Una vez completado el formulario con los datos correspondientes, éstos deben ser entregados en la Subcomisión correspondiente de la COMPIN regional dentro de los plazos que están estipulados. Una vez recibido el formulario de la licencia en las de la Subcomisión correspondiente, se examinará si se consignaron todos los datos requeridos para su resolución. 




Tipos de Licencias

Existen diversos tipos de licencias que varían según la enfermedad que se padezca y/o que originan la prescripción del reposo en el trabajador.

  • Enfermedad o accidente común.
  • Medicina preventiva.
  • Pre y postnatal.
  • Enfermedad grave del niño menor del año.
  • Accidente del trabajo o del trayecto.
  • Enfermedad profesional.
  • Patologías del embarazo.

Requisitos para obtención del subsidio:

Para tener derecho al subsidio se requiere de un mínimo de 6 meses de afiliación previsional y de 90 días de cotizaciones previsionales dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
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La COMPIN puede APROBRAR, RECHAZAR o REDUCIR el tiempo de la Licencia Médica.




4 comentarios:

  1. Estimada Ruth, estuve leyendo tu blog, ya que me pareció de gran importancia y siempre he tenido dudas sobre licencias médicas y COMPIN, sin embargo me llamo la atención y no sabía que habían licencias médicas de tipo "medicina preventiva" favor podría darme algún ejemplo de ella.
    Saludos!

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    1. Estimada Lidia, desde ya muchas gracias por visitar el blog.
      En relación a tu pregunta, las licencias médicas de tipo "medicina preventiva" son aquellas licencias dadas por reposo temporal. Un ejemplo de esto podría ser una licencia psiquiátrica, ya que con este tipo de licencia (dependiendo del diagnóstico que te puedan dar) si tienes pánico al encierro, puedes salir y de esta manera sentirte mejor.

      Espero tu respuesta haya sido contestada.

      Saludos

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  2. Estimada Ruth:

    Junto con saludar, te comento que leí tu blog y me pareció muy informativo y completo. Sin embargo, me nació una duda a raíz de todo lo que leí que es la siguiente.
    ¿Puede citarse a un peritaje al trabajador para evaluar el reposo médico de la licencia médica?

    Desde ya muchas gracias.

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    1. Si, se puede. La Unidad de Licencias Médicas de las Isapres y la COMPIN, están facultadas para solicitar al trabajador nuevos exámenes o interconsultas -los que son de cargo de la Institución- para evaluar el reposo médico de la licencia, para ello se envía un telegrama al domicilio donde el afiliado esté cumpliendo el reposo.

      Otras medidas para pronunciarse sobre las licencias médicas son:

      Disponer que se visite al trabajador en su domicilio o lugar de reposo indicado en el formulario de licencia médica.
      Solicitar al empleador el envío de informes o antecedentes complementarios de carácter administrativo, laboral o previsional del trabajador .
      Solicitar al profesional que haya expedido la licencia médica que se pronuncie sobre los antecedentes clínicos complementarios que obren en su conocimiento sobre la salud del trabajador.
      Disponer cualquiera otra medida informativa que permita una mejor resolución de la licencia médica.

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