sábado, 29 de septiembre de 2018

Facultades del COMPIN

Evaluación de Licencias Médicas

El COMPIN tiene ciertas facultades que por medio de las Unidades Médicas o de sus Subcomisiones le permiten:
  • Practicar o solicitar nuevos exámenes o interconsultas.
  • Disponer que se visite al trabajador en su domicilio o lugar de reposo indicado en el formulario de licencia, por el funcionario que se designe.
  • Solicitar al empleador el envío de informes o antecedentes complementarios de Carácter administrativo, laboral o previsional del trabajador.
  • Solicitar al profesional que haya expedido la licencia médica que informe sobre los antecedentes clínicos complementarios que obren en su conocimiento, relativos a la salud del trabajador.
  • Disponer cualquier otra medida informativa que permita una mejor resolución de la licencia médica.
  • Igualmente deberá requerir todos los demás antecedentes y exámenes que el Ministerio de Salud ordene solicitar, respecto de aquellas patologías específicas que éste señale, para que la licencia pueda ser visada por períodos superiores a los que esa Secretaría de Estado determine.

Indemnización por Incapacidad Permanente parcial

¿Qué es?

Esta indemnización es proporcionada a aquellos trabajadores que por causa de algún accidente o enfermedad profesional quedan con una incapacidad de 15% a menos de 40% luego de haber recibido las atenciones médicas y las rehabilitaciones correspondientes.

Es importante señalar que la Incapacidad está definida como el porcentaje de pérdida de capacidad de ganancia, y es el COMPIN quien la determina.


¿Cómo se paga el beneficio?

De acuerdo a lo que el afectado decida, éste beneficio puede ser pagado en cuotas o pagar la totalidad de una sola vez cuyo monto será igual a 30 veces el subsidio diario.


Plazos y Pagos de una licencia médica

Plazos del trabajador para presentar una licencia

Los trabajadores dependientes del sector privado:
  • 2 días hábiles.
Los trabajadores dependientes del sector público:
  • 3 días hábiles.
El Trabajador Independiente:
  • 2 días hábiles siguientes a la fecha de su emisión.
**La presentación de la licencia médica fuera de plazo por parte del trabajador, habilita al COMPIN para rechazarla.


Pago de Licencias Médicas 

 
Los Subsidios por Incapacidad Laboral (SIL) cubren desde el primer día de la licencia médica si ésta es superior a 10 días, o desde el cuarto día si es igual o inferior a 10 días.
Cuando dos licencias son entregadas de manera contínua y por el mismo diagnóstico, se consideran como una sola para efectos de determinar el número de días de subsidio a pagar. Para el cálculo del subsidio se consideran los montos imponibles de los 3 meses anteriores al inicio de la licencia médica que correspondan a remuneraciones permanentes.





Licencias Médicas: Tipos y Requisitos

El COMPIN y Licencias Médicas


Todo trabajador afiliado a FONASA o ISAPRE puede ausentarse o disminuir en cierta medida la jornada laboral durante un tiempo determinado bajo la indicación de un profesional de la salud y así obtener un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) cuando corresponda.Todo esto se verá materializado en un formulario especial.
Este formulario está compuesto por diversas secciones las cuales deben ser llenadas por el profesional, empleador, trabajador y la COMPIN cuando sea necesario. Una vez completado el formulario con los datos correspondientes, éstos deben ser entregados en la Subcomisión correspondiente de la COMPIN regional dentro de los plazos que están estipulados. Una vez recibido el formulario de la licencia en las de la Subcomisión correspondiente, se examinará si se consignaron todos los datos requeridos para su resolución. 




Tipos de Licencias

Existen diversos tipos de licencias que varían según la enfermedad que se padezca y/o que originan la prescripción del reposo en el trabajador.

  • Enfermedad o accidente común.
  • Medicina preventiva.
  • Pre y postnatal.
  • Enfermedad grave del niño menor del año.
  • Accidente del trabajo o del trayecto.
  • Enfermedad profesional.
  • Patologías del embarazo.

Requisitos para obtención del subsidio:

Para tener derecho al subsidio se requiere de un mínimo de 6 meses de afiliación previsional y de 90 días de cotizaciones previsionales dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
R

La COMPIN puede APROBRAR, RECHAZAR o REDUCIR el tiempo de la Licencia Médica.




Subsidio por Incapacidad Laboral


¿Qué es el Subsidio por Incapacidad Laboral? (SIL)

El pago de este beneficio tiene por objeto el cubrir la contingencia económica que afecte a un trabajador ante su incapacidad temporal para trabajar y/o realizar su labores, esto debido a una enfermedad o accidente de origen común.

¿A quién está dirigido? 

  • A trabajadores dependientes del sector privado que tenga calidad laboral de empleados, y estén afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
  • A trabajadores independientes que estén afiliados al Instituto de Seguridad Laboral, además de estar al día en el pago  de sus cotizaciones de previsión, salud y del Seguro Social contra riesgos de acctidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Funcionario públicos afiliados al ISL.

Principales funciones

Dentro de las principales funciones que realiza el COMPIN, encontramos:
  • Aplicar las medidas conducentes a favorecer la eficiencia, objetividad, responsabilidad pública y calidad de la gestión.
  • Fiscalizar, controlar y coordinar la gestión.
  • Asegurar la claridad y agilización de los trámites.
  • Crear sistemas de registros de datos y optimizar los sistemas existentes.
  • Proponer e implementar un diseño institucional básico y lineamientos normativos
  • Regular, fiscalizar y coordinar el cumplimiento de la normativa de seguridad social, en el ámbito de competencia del sector salud.
  • Establecer directrices generales en el ámbito de competencia del sector salud en materias de seguridad social.
  • Asegurar una pesquisa oportuna y un adecuado acceso a los mecanismos de compensación social, en el marco del sistema de protección social de competencia del sector salud.

Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN

En Chile, existe un organismo público llamado Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) que entrega prestaciones médico-administrativas para constatar, evaluar, declarar o certificar el estado de salud, la capacidad de trabajo o recuperabilidad de los estados patológicos permanentes o transitorios de los trabajadores. Además, actúa como ente regulador en el cumplimiento de las normas médico legales en materias de seguridad social y garantiza en forma eficaz el acceso a los beneficios de la protección social de salud en nuestro país.



Cada una de las acciones realizadas por el COMPIN se materializan en informes, dictámenes resoluciones y certificaciones, que tienen la particularidad de tener  legalidad y exigibilidad. La COMPIN se encuentra en todas las regiones del país. Además, cabe señalar que en 5 regiones, la COMPIN cuenta con Subcomisiones (SC) que cuentan con las mismas atribuciones y funciones que una COMPIN.
La labor principal del COMPIN es calificar en trabajadores los diversos grados de incapacidad que puedan presentar, sean estos permanentes o temporales, emitiendo decretos, dictámenes, resoluciones y certificados pertinentes, así como también certificar la discapacidad de las personas.

jueves, 27 de septiembre de 2018

Bienvenidos lectores!

Bienvenido a mi Blog informativo acerca de la Comisión de Medicina Preventiva e Invaliez (COMPIN).
Aqui publicaremos todo tipo de información necesaria para el mejor entendimiendo de esta organización, cuales son las funciones y la importancia del mismo.